A partir de julio de 2023, entraron en efecto las reformas a la Ley del Seguro Social publicadas en el Diario Oficial de la Federación a principios de dicho año.
Estas reformas, cuyo propósito es asegurar la sostenibilidad de las pensiones en México, han traído modificaciones a las condiciones para heredar la pensión otorgada tanto por el IMSS como por el ISSSTE.
Entre estas condiciones, se destaca que si el trabajador o pensionado fallece antes de cumplir seis meses de matrimonio o unión civil, los familiares no podrán heredar la pensión.
Asimismo, si el matrimonio o unión civil se realiza después de que el trabajador haya cumplido 55 años, sólo podrán heredar si el fallecimiento tiene lugar después de un año desde el enlace.
Por otro lado, aquellos que recibían una Pensión por riesgos del trabajo o invalidez al momento de contraer matrimonio o vivir en unión libre, no podrán heredar la Pensión ISSSTE 2023, a menos que haya pasado un año desde la fecha del fallecimiento.